Los centros educativos públicos supenden las clases dos horas antes este próximo jueves por las elecciones sindicales de los profesores

Los centros escolares públicos de Cehegín, al igual que los de toda la Región de Murcia, cesarán su actividad lectiva el jueves dos horas antes del horario habitual, La Consejería de Educación, Cultura y Universidades informa de que con motivo de las elecciones sindicales de este jueves 4 de diciembre, los colegios e institutos paralizarán la jornada, y en los centros de Educación Infantil y Primaria con jornada partida se suspende la jornada de tarde. En el resto de centros con turno vespertino o nocturno el inicio de las clases se retrasa dos horas.

Este reajuste del horario por parte de Educación se produce tras la reclamación presentada por los sindicatos en los juzgados, que ha tenido como consecuencia un auto por parte del Tribunal Superior de Justicia de Murcia suspendiendo cautelarmente la nueva normativa reguladora establecida por la Consejería sobre los permisos del personal para el ejercicio del voto en las elecciones sindicales.

El director general de Planificación Educativa y Recursos Humanos, Enrique Ujaldón, indica que “hemos tomado esta decisión para que las familias y alumnos que se ven perjudicados, puedan organizarse ante este cambio». La resolución definitiva no se producirá hasta mañana miércoles a mediodía. Esto provoca que, independientemente del sentido de la decisión, sea materialmente imposible que los colegios e institutos puedan informar a sus comunidades educativas y éstas se puedan organizar.

Desde Educación lamentan el perjuicio que esta disminución de la jornada lectiva puede ocasionar a las familias y los alumnos, cuando todo el dispositivo para asegurar el derecho al voto de los docentes y el derecho de los alumnos a recibir clase estaba perfectamente coordinado con los equipos directivos de los colegios e institutos, aseguran desde la Consejería.

La nueva normativa, que ha sido impugnada por los sindicatos y que está suspendida cautelarmente hasta que el juez decida mañana, establecía que no era necesario interrumpir la actividad lectiva para las votaciones, ya que se ajustaba la duración de los permisos para el ejercicio del derecho al voto por el tiempo necesario, sin interferir en la actividad lectiva ni en la jornada escolar, dado que los docentes pueden ejercer de forma ininterrumpida de 10.00 a 19.00 horas; y se establecían permisos de dos horas para los maestros y profesores que tuviesen que desplazarse de localidad para votar; de una hora para los que tuviesen que votar en la misma.

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